Años en calidad de contratados serán regularizados en aportes jubilatorios

Ejecutivo promulgó el decreto que contribuye a dignificar la labor de profesionales de salud.
Personal permanente podrá proceder con la regularización de los aportes jubilatorios por los años de servicios en calidad de contratados.



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Los tres procedimientos principales a seguir son los siguientes: 

Paso 1: solicitar las documentaciones correspondientes a los años a ser reconocidos, al departamento de Legajos o Archivo Central.

Los documentos son: copia autenticada de las Resoluciones y/o Contratos, o Copias autenticadas de Planillas de Pagos o Liquidación de salarios en el caso de no contar con la Resolución o Contrato. 

Paso 2: descargar formulario FL-DGJP-20

Debe descargar y completar el “Formulario FL-DGJP-20 de Solicitud de Constancia Laboral”, que se encuentra disponible en la web del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social https://www.mspbs.gov.py/index.php 

O igualmente, en la web del Ministerio de Hacienda apartado Jubilaciones, http://www.hacienda.gov.py   https://www.hacienda.gov.py/sseaf/index.php?c352 

Seguidamente:

- Completar los datos personales en el formulario. 

- Indicar un correo electrónico particular (el correo electrónico que se declara debe ser particular).

- Indicar el periodo que desea ser reconocido (corresponde a la vigencia del contrato por año).

Paso 3: presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos el formulario fl-dgjp-20, con los siguientes documentos:

- Copia de Cedula de Identidad Civil vigente y autenticada.

- Copia autenticada de las Resoluciones y/o Contratos

¿Cuál es el procedimiento interno para la expedición de la constancia laboral?

Una vez verificados los documentos por el Departamento de Control de Remuneraciones del Personal, se procederá al registro de los datos del contrato en el Sistema Nacional de Recursos Humanos –SINARH. Dichos registros deberán ser validados por el Departamento de Giraduria de Sueldos.

Posteriormente, se genera en el SINARH, la “constancia laboral”, solicitada en el marco de la Ley N° 6085/18 "regularización de aportes jubilatorios por los años de servicios prestados en calidad de contratados". La constancia laboral será remitida al correo particular declarado en el Formulario FL-DGJP-20

Cabe destacar que será responsabilidad exclusiva del recurrente, mantenerse informado sobre el alcance de la Ley y del Decreto, como así también, de revisar su correo electrónico en el marco del procedimiento.

Una vez concluidos los pasos indicados, para proseguir los tramites deberá ingresar a la web del Ministerio de Hacienda, apartado JUBILACIONES, https://www.hacienda.gov.py/sseaf/index.php?c352, donde podrá acceder a un tutorial sobre la regularización de aportes.