Los sanatorios privados podrán prestar sus servicios de salas de internación y terapia intensiva, toda vez que el Ministerio de Salud ya no cuente con camas de internación. Los laboratorios privados realizarán test de Covid-19.
Por Decreto presidencial N.º 4.010, el Ministerio de Salud
Pública y Bienestar Social está facultado a coordinar los planes y acciones con
el sector privado de salud, a los efectos de la prestación de los servicios
asistenciales y la distribución de los recursos en el marco de la emergencia
sanitaria declarada ante el riesgo de expansión del Coronavirus (COVID-19) en
el territorio nacional. Esto significa suscribir convenios con laboratorios para
realizar test de COVID-19 y con los sanatorios, clínicas y hospitales privados
para la prestación de servicios de salas de internación y terapia intensiva a
pacientes con la enfermedad. Los pagos serán imputados al “Fondo de Emergencia Sanitaria”
según lo establecido en el artículo 11 de la Ley N°6524/2020 en carácter de excepción
a la Ley Nº2051/2003 De Contrataciones Públicas.
Posteriormente, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar
Social emitirá una resolución que dispondrá el procedimiento a seguir,
atendiendo a que las contrataciones realizadas bajo este régimen particular
deberán ser publicadas dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la
formalización del contrato”.