El Ministro de Salud indicó cuáles son los medicamentos cancelados en relación a la sanción establecida a la empresa IMEDIC y aclaró que existen diferencias con los medicamentos que fueron aprobados para su distribución en el IPS.
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La sanción se enmarca en la Ley 1119/97
art. 43, la cual estipula la cancelación de los registros sanitarios y que en
base a la Resolución A. J. N.º 818, están identificados como:
RS N.º 17020-02-EF: LETROZOL 2.5
mg
RS N.º 17011-02-EF: PIPERACILINA
4 G + TAZOBACAN 500 mg
RS N.º 16749-02-EF: ENOXAPARINA
SÓDICA 40 mg/0.4 ml
RS N.º 18537-01-EF: ENOXAPARINA
SÓDICA 60 mg/0.6 ml
RS N.º 18453-01-EF: ENOXAPARINA
SÓDICA 80 mg/0.8 ml
Todos estos están registrados por
la firma IMEDIC S. A.
Esta resolución también estipula
el retiro del mercado y la disposición final de los productos mencionados precedentemente,
bajo directivas y control de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. Igualmente,
se procederá a la verificación y presentación de informe sobre el cumplimiento
de las buenas prácticas de Fabricación y Control, así como de Distribución.
Por otro lado, y consultado sobre
los medicamentos que fueron autorizados para ser recibidos en el IPS, el
titular de salud mencionó que las mismas no tiene relación con el lote
sancionado, tal como figuran en la Resolución A.J. N.º 675.
ERITROPOYETINA 4000UI INY
MICOFENOLICO ÁCIDO 360 mg COM
PARACETAMOL 1g INY
MULTIVITAMINAS PEDIÁTRICAS
MULTIVITAMINAS INTRAVENOSA
HIERRO SACARATO 100mg (FE
ELEMENT) INY
Con esta aclaratoria el Ministro Mazzoleni
manifestó que se encuentra abierta una investigación en la fiscalía y que estas
acciones no se contraponen la una a la otra. Igualmente, refirió que las
prácticas mal intencionadas no quedarán impunes. "Mientras esté frente la
cartera sanitaría no habrá ningún caso de impunidad", sentenció.