Mediante el Decreto N° 4789/2021, el Gobierno Nacional prolonga las medidas establecidas en el marco del levantamiento gradual del aislamiento preventivo.
Con esto, se mantendrán las restricciones
de circulación en el horario establecido de 23.59 a 5:00, teniendo en cuenta la
situación epidemiológica que se registró en enero, en cuanto a la cantidad de
personas que padecieron el COVID-19, y las internaciones en Terapia Intensiva. Asimismo, continúa la prohibición de
bailes en eventos sociales y la venta de bebidas alcohólicas hasta las 22:00,
atendiendo a que estos hechos muchas veces conllevan al relajamiento de la
ciudadanía y, por ende, a un mayor riesgo de contagio de casos. Los eventos sociales tendrán un máximo de
100 personas, siempre y cuando se pueda garantizar el distanciamiento de dos
metros. Se permitirán eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el
Ministerio de Salud. Encuentros residenciales particulares
deberán realizarse hasta un máximo de hasta 12 personas, incluyendo el núcleo
familiar que reside en el lugar. Los eventos tendrán duración de un máximo de 4
horas. Los locales gastronómicos podrán operar
desde las 05:00 hasta las 23:59, cumpliendo con todas las medidas establecidas
para estos establecimientos. Se recuerda a todas las organizaciones,
corporaciones y empresas que es necesario emplear el sistema de cuadrillas,
teniendo una dotación 50% de sus recursos humanos. En el apartado COVID-19 de la web
institucional de Salud se encuentra disponible la información para viajeros,
sobre los requisitos para reingreso al país. Es decir, el test con un mínimo de
72 horas antes de reingresar. La no realización del mismo puede repercutir en
multas por incumplimiento. La población debe utilizar tapabocas,
lavado de manos y distanciamiento físico. Las demás actividades pueden ser
leídas con mayor detenimiento en el apartado Cuarentena Inteligente Decreto N°4798 Medidas específicas hasta el 21.02.21