La lactancia materna es un derecho humano que se debe respetar, proteger y cumplir. Ella es la base de la vida y contribuye a la salud, a corto y largo plazo.El seminario internacional de mañana, jueves 12 de agosto, abordará sobre neurofisiología del apego, separación cero y lactancia materna así como, lactancia materna y musicoterapia. Inscripciones en el siguiente link: bit.ly/Lactancia120821Igualmente, la IV Región Sanitaria – Guairá invita a un encuentro virtual a las 09:00, a través del link: https://meet.google.com/hbx-stvt-shi
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El amamantamiento es una responsabilidad compartida, que debe involucrar y movilizar acciones de toda la sociedad para proteger y apoyar la lactancia materna. En ese contexto, a este acto amparan la Ley Nº 5508/15 y el Decreto 7550 /2017 de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna, el cual otorga a las madres trabajadoras en el periodo de gestación, nacimiento y lactancia una serie de garantías en consecuencia a las recomendaciones internacionales como:
- Permiso de maternidad: 18 semanas ininterrumpidas.
- Permisos excepcionales por maternidad, certificados por pediatra o especialista tratante:
• En caso de más de un hijo nacido vivo, el permiso se incrementa en razón de 1 mes por cada niño a partir del segundo.
• En caso de que el hijo naciera vivo antes de las 35 semanas de gestación, el permiso será de 24 semanas.
• En caso de que el hijo nacido vivo pesaré menos de 2000g, o naciera con enfermedades congénitas, que ameriten incubadora o cuidados especiales, el permiso será de 24 semanas.
• Permiso de lactancia materna: será de noventa (90) minutos diarios desde el reintegro de la trabajadora a su lugar de trabajo y hasta los siete (7) meses de edad del niño o niña.
• Extensión de lactancia materna: podrá extenderse según indicación médica, a partir de los siete (7) meses hasta incluso los veinticuatro (24) meses de edad. En estos casos el tiempo de permiso será de sesenta (60) minutos diarios.
• Permiso de paternidad: serán concedidos con carácter irrenunciable, a todo trabajador padre de un recién nacido, 2 (dos) semanas posteriores al parto, con goce de sueldo, a cargo del empleador.
• Salas de lactancia materna: las instituciones públicas y empresas del sector privado, en las cuales trabajen más de diez (10) mujeres, implementaran salas de lactancia materna. El empleador dará el tiempo necesario a la madre trabajadora, durante la jornada de trabajo, para realizarse su extracción de leche.
Cabe mencionar que, el apoyo a la lactancia en los lugares de trabajo es una responsabilidad compartida con las empresas, instituciones y los gobiernos que abarca desde la instalación de espacios cómodos para la extracción y almacenamiento de la leche materna extraída, dentro del horario de trabajo y permisos de lactancia para amamantar a su hijos en la casa.
Actividades por la Semana Nacional de Lactancia Materna
Mañana, jueves, 12 de agosto, a las 16:00, el Dr. Nils Bergman (Suecia) y la Profesora Ignaci Igassi (España), disertarán sobre Neurofisiología del apego, separación cero y lactancia materna y así también, sobre lactancia materna y musicoterapia.
Para poder ser participe, debe inscribirse con antelación en el siguiente link: bit.ly/Lactancia120821
En Guairá
A través de un encuentro virtual abordarán el tema “Beneficios de la lactancia materna exclusiva”, a realizarse este jueves, 12 de agosto, a las 09:00.
El evento es organizado por el departamento de Programas de Salud, del Hospital Regional de Villarrica y el Centro de Salud de Iturbe. Para acceder a la charla, conéctese a la hora indicada mediante el link: https://meet.google.com/hbx-stvt-shi