Con esta estrategia, el Ministerio de Salud busca proteger a la población de los efectos nocivos del tabaco. Unos 25 locales extrahoteleros y gastronómicos del departamento de Paraguarí recibieron esta distinción sanitaria.
El Ministerio de Salud Pública a través del Programa Nacional de Control del Tabaquismo y Enfermedades Respiratorias Crónicas (PRONATERC), en trabajo conjunto con la Secretaría Nacional de Turismo efectuaron la certificación de Safe Travels (World Travels & Tourism Council), sello de calidad turística y ambientes libres de humo de tabaco a 25 locales extrahoteleros y gastronómicos del departamento de Paraguarí. En la oportunidad, se realizó, además, la distinción a los Municipios de Sapucai, Yaguarón e Ybycuí por las ordenanzas de protección a los no fumadores promulgadas en este periodo Contó con la presencia de la Ministra de Turismo, Sofia Montiel de Afara; la Viceministra de Rectoría y Vigilancia de la Salud del MSP, Dra. Lida Sosa; el Ing. Juan Carlos Baruja, Gobernador del departamento de Paraguarí, así como intendentes de los municipios que lo componen. Para llegar a la certificación, los locales debían aplicar medidas de prohibición de fumar / vapear o utilizar productos de tabaco en todo lugar cerrado y donde exista paso de no fumadores. Los establecimientos extrahoteleros y gastronómicos que recibieron la certificación de “Ambientes libres de humo” fueron: 1. Posada Guía Verde 2. Posada Don Franzini 3. Posada Danny´s 4. Posada Salto Cristal 5. Posada Ña Eloisa 6. Posada Las Marías 7. Posada Castillo Saguazu 8. Posada Rancho 7 9. Posada Los Marinos 10. Posada Cerro Hu 11. Posada Maria Selva 12. Quinta Cerro Jere 13. Posada Diochi Paradise 14. Posada Brisas de Paraguarí 15. Heladería y restaurante tropicana 16. Mauris Gurger 17. Bajo el Cerro Bar 18. Mitos Bar 19. Frutería Paraguarí 20. Chiperia Abuelo José 21. Posada Turística los Marinos 22. Restaurante la Estación 23. Cerro Hu Food 24. Alua Buffet 25. La Capital Café Bistro Bar Importancia de ambientes libres de humo El consumo de tabaco es la principal conducta de riesgo asociada a las muertes por cáncer y enfermedades no transmisibles (cardiovascular, diabetes, EPOC). Unas 9 personas mueren por día en Paraguay a causa del tabaquismo y 1,5 billones de guaraníes son gastados cada año para tratar problemas de salud provocados por el tabaco. Crear ambientes 100% libres de humo de tabaco es la única manera de proteger a las personas de los efectos nocivos del tabaco, en busca de contribuir en la erradicación de las consecuencias fatales del consumo de tabaco Desde el 2006, el Ministerio de Salud, a través del Programa Nacional de Control del Tabaquismo y Enfermedades Respiratorias Crónicas se encuentra impulsando campañas para comprometer que los espacios cerrados sean libres de humo, y así evitar los efectos nocivos para el fumador pasivo, las cuales están avaladas por las siguientes legislaciones: La ley 2969/06 QUE APRUEBA EL CONVENIO MARCO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) PARA EL CONTROL DEL TABACO en su Artículo 8. Protección contra la exposición al humo de tabaco refiere que se adoptará y aplicará, en áreas de la jurisdicción nacional existente y conforme determine la legislación nacional, medidas legislativas, ejecutivas, administrativas y/u otras medidas eficaces de protección contra la exposición al humo de tabaco en lugares de trabajo interiores, medios de transporte público, lugares públicos cerrados y, según proceda, otros lugares públicos, y promoverá activamente la adopción y aplicación de esas medidas en otros niveles jurisdiccionales. La ley 5538/15 CAPÍTULO III REGULACIÓN DEL CONSUMO DE LOS PRODUCTOS DE TABACO en el Artículo 9. De los espacios libres de humo de tabaco. Con su decreto reglamentario correspondiente 7605/17, siendo este último modificado en su artículo N° 3 por el decreto 4624/20 se consideran sitios habilitados para fumar, vaporear, vapear o fumar electrónicamente, o mantener encendidos productos de tabaco, incluidos los Productos Calentados de Tabaco, los lugares o zonas al aire libre donde no haya aglomeración o reunión de personas ni constituyan zonas de paso para no fumadores, vaporeadores, vapeadores o usuarios de dispositivos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos los Productos Calentados de Tabaco.