Reanudan recepción de solicitudes de constancia laboral para regularizar aportes

Desde hoy, Recursos Humanos habilita nuevamente la gestión para regularización de aportes de funcionarios permanentes, por el periodo de servicios prestados en carácter de contratados o transitorios, a los efectos de la jubilación.
Infórmate sobre los requisitos en este material informativo.


A través de la circular D.G.RR.HH. N° 02/2022, la Dirección General de Recursos Humanos, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6873/2021, “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2022”, que en su artículo 127 establece: "Habilitase hasta el 31 de diciembre de 2022, las trámites para la regularización de aportes por parte de los funcionarios de la Administración Pública, por el periodo de servicios prestados en carácter de personal contratado o transitorio, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 6085/2018, “que desprecariza la situación de los funcionarios permanentes de las instituciones de la administración pública, empresas en que el Estado tenga acciones y otras entidades del Estado a los efectos de la jubilación”, comunica a los funcionarios en general que, a partir de este 11 de febrero del 2022, se reanudarán las actividades de recepción de solicitudes de constancia laboral para la regularización de aportes”.

Para el efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Podrán solicitar la constancia los funcionarios permanentes activos, quienes hayan prestado servicios como contratados y/o transitorio en las instituciones de la Administración Pública (MSPyBS).

2. Se reconocerá únicamente el periodo de trabajo realizado como personal contratado a partir de los 18 años de edad.

3. Las documentaciones que deberán presentarse ante la Dirección General de Recursos Humanos para la solicitud de la constancia laboral son los citados a continuación: 

a. Formulario FL-DGJP-20, disponible en el portal del Ministerio de Hacienda – JUBILACIONES. Descargar formulario

b. Copia autenticada de la cédula de identidad vigente.

c. Copia autenticada de las resoluciones y/o contratos a ser reconocidos.

El plazo para las solicitudes de estas documentaciones ante el Departamento de Legajos es hasta el martes 30 de agosto del 2022

Descargue el formulario de solicitud de documentos del legajo AQUÍ

Una vez rellenado el formulario, puede remitir en formato digital por correo electrónico a la siguiente dirección: legajos.mspbs@gmail.com

Observación: 

  • En el correo a remitir con el formulario de solicitud de documentos del legajo, el interesado debe agregar un número de teléfono de contacto para que el equipo del departamento de Legajos pueda comunicarse ante cualquier necesidad.
  • El trámite también se puede realizar en ventanilla, personalmente por el interesado.
  • Cabe señalar que los documentos no obrantes en el legajo del funcionario deberán ser solicitados en el Departamento de Archivo Central por el interesado. Esta oficina atiende de lunes a viernes, de 07:15 a 17:00.

d. El plazo de recepción para las solicitudes de constancia laboral será hasta el día viernes 30 de setiembre del 2022, en la mesa de entrada de la Dirección General de Recursos Humanos.

4. El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social emitirá la constancia laboral, la cual será notificada al correo electrónico declarado por el recurrente en el formulario FL-DGJP-20.

5. Una vez notificada la constancia laboral, el recurrente deberá, de manera personal, solicitar la regularización de los aportes jubilatorios, por medio de la página web del Ministerio de Hacienda, en la sección Jubilaciones, en la opción de Sistema de Regulación de Aportes en el siguiente link:  https://www.hacienda.gov.py/sseaf/index.php?c=352 

6. Será responsabilidad exclusiva del recurrente mantenerse informado sobre el alcance de la Ley y del Decreto, como así también de revisar su correo electrónico en el marco del procedimiento. Este punto es importante mencionar que el correo electrónico debe ser personal (Gmail, Hotmail o Outlook).

Consultas relacionadas al tema, al 0212374330, con el Departamento de Control de Remuneraciones del Personal.

  • CIRCULAR DGRRHH N° 02 Descargar
  • Ley 6085/2018 Descargar