¿Cómo se derivan pacientes a terapia intensiva de sanatorios?

Los niveles asistenciales en las Redes Integradas e Integrales de Servicios de Salud (RIISS) del Ministerio de Salud Pública coordinan acciones, junto con el SEME, para derivar a los pacientes que así lo requieran, a los distintos niveles de atención y complejidad, según la gravedad del caso.

El modelo de atención de la RIISS se aplica a todos los establecimientos que integran la red de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud. El traslado y/o la derivación de pacientes al servicio de terapia intensiva de los proveedores son coordinados por el Sistema de Referencia y Contrarreferencia, regulado por el Servicio de Emergencia Médica Extrahospitalaria (SEME) del Ministerio de Salud Pública.

En todas las regiones sanitarias, desde el primer nivel de atención, hospitales básicos, distritales y especializados, se realiza el traslado de pacientes acorde a los criterios, las normas y los niveles de complejidad, garantizando la asistencia médica, según se requiera.

El Ministerio de Salud Pública orienta la cartera de servicios en las regiones sanitarias de acuerdo con ordenamiento territorial, niveles de atención y complejidad, imprimiendo esfuerzos para alcanzar y ampliar estándares de infraestructura, equipamiento, dotación de recursos humanos, insumos, medicamentos y transporte.

En este sentido, los centros de menor envergadura se adecuan al régimen de traslado, según la gravedad de la situación. La Dirección General de Desarrollo de Servicios y Redes de Salud cuenta en su estructura con direcciones y departamentos responsables de coordinar las funciones específicas.

El traslado es gerenciado por el Médico Regulador del SEME, en coordinación con el Coordinador de la Unidad de Terapia Intensiva o de la dirección de terapias y Sanatorios Privados con Convenio con el MSPyBS, quienes coordinarán la transferencia a un Servicio Privado, siempre y cuando no exista lugar en los Hospitales de la Red Pública.

Esta confirmación de “no disponibilidad” es emitida por el Centro Regulador del SEME, y refrendada por el Médico Regulador de turno al momento de la derivación del mismo.

Así se analiza la derivación de paciente que requiere UTI en un hospital público:

  • Llamada del médico a cargo del paciente al Centro Regulador del SEME (141), solicitando transferencia del paciente.
  • Búsqueda de la plaza en hospitales de la Red Pública.
  • Si no hay disponibilidad en hospitales de la Red Pública, el médico regulador del SEME coordina la transferencia del paciente al servicio privado más cercano, con el Coordinador de UTI y/o Dirección de terapias y sanatorios privados con convenio con el MSPyBS, da aviso al auditor médico.
  • Certificación de no disponibilidad de camas en el sector público por parte del Centro Regulador del SEME.
  • En caso de agotar todas las instancias, se recurre a la orden judicial.
  • Los pacientes que son trasladados al servicio de terapia intensiva de la contratista deben ser contra referidos, a través de SEME, a hospitales dependientes del Ministerio de Salud u otros del subsector público; siendo éstos de carácter prioritario al momento de la remisión a las Unidades de Terapia Intensiva dentro del sistema público.


Ante la ocurrencia de una urgencia en salud, se recuerda a la población la disponibilidad del 141 (en el celular sin el prefijo 021), a través del cual se podrá acceder al servicio de ambulancias del SEME, disponible las 24 horas. La llamada al 141 es gratuita y puede realizarse desde cualquier línea baja o de celular.