Consejos Locales de Salud: instrumentos de la descentralización

El trabajo de los Consejos Locales de Salud es asistir a la política de descentralización de la atención de salud de la cartera sanitaria.
Los Fondos de Equidad son la vía por la que el MSPyBS facilita recursos para el fortalecimiento de los servicios de salud en todo el territorio nacional.


Los Consejos Locales de Salud inician el proceso de refuerzo de los establecimientos sanitarios, a partir de una necesidad comunicada formalmente (a través de una nota de pedido) al Consejo Regional de Salud, por el director/encargado del establecimiento de salud cabecera, quien preside el Comité Ejecutivo del Consejo de Salud.

Una vez que se cuenta con el pedido, la mesa directiva autoriza la ejecución del recurso y, el Consejo de Salud, a la figura de su administrador, efectúa la adquisición del bien o servicio a favor del establecimiento sanitario.

Los bienes de capital adquiridos a través de los Consejos de Salud a favor de los establecimientos de salud son indefectiblemente incluidos dentro del inventario de bienes patrimoniales del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Actualmente, son 260 Consejos de Salud activos, que reciben fondo de equidad del MSPyBS, distribuidos en las 18 regiones, incluyendo la capital del país. El presupuesto asignado mediante Fondo de Equidad para Consejos Regionales y Locales de Salud es de Gs. 24.220.326.882 para el año 2022.

Asimismo, en lo que va de este año, G. 6.499.375.000 de los Fondos de Equidad para Consejos Regionales y Locales de Salud fueron ya entregados.

Estos fondos fueron ejecutados para reforzar establecimientos de salud del Ministerio de Salud Pública y otros que se encuentren contemplados en el Acuerdo para la Descentralización, suscrito entre el MSPyBS, los Municipios/Gobernaciones y Consejos Locales/Regionales de Salud.

Toda la inversión que realiza la cartera sanitaria en los Consejos de Salud se traduce en beneficio directo para la ciudadanía. Muestra de ello es la ejecución de estos fondos en el 2022, cuyo 23,4 % fue destinado a medicamentos, equipos médicos e insumos de laboratorio.

Se destaca, además, la ejecución en adquisición de muebles, construcciones, reparaciones y mantenimiento de inmuebles, recolección de basura, limpieza y aseo; así como el mantenimiento y la reparación de rodados, que suman un 32,2 % del total de fondos repartidos en el 2022.

Cabe enfatizar que la pandemia de COVID-19, si bien fue una etapa difícil para las instituciones encargadas de la salud pública en nuestro país, fue una oportunidad aprovechada para fortalecer el sistema de salud. Muestra de ello es la inversión sostenida a través de transferencias extraordinarias a los Consejos de Salud.

Se destacan la inversión de G. 3.585.060.350 en equipos biomédicos entre los años 2020 y 2022; la instalación de generadores por valor de G. 919.500.000 en establecimientos de atención sanitaria entre el 2021 y el 2022; y G. 1.161.434.467 invertidos en mantenimientos de edificios entre los años 2020 y 2022.

Consejo de Salud: en Paraguay, es una organización creada en la Ley N° 1032/96 del Sistema Nacional de Salud, que le confiere una estructura determinada, roles y funciones, que busca la integración de los subsectores, para la planificación y concertación de una “política nacional de salud” que permita corregir los problemas existentes de fragmentación y la superposición del sistema de prestación de servicios, a través de procesos democráticos participativos, plurales, de negociación y concertación que den legitimidad a la política de salud y gobernabilidad de los gobiernos.

Como cualquier organización de la sociedad civil, deben contar con personería jurídica y demás requerimientos de la normativa legal (inscripción al RUC, factura, Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en una entidad financiera, etc.) como requisitos documentales para establecer un control y trazabilidad de los fondos.

Actualmente, se encuentra establecida la transferencia trimestral del Fondo de Equidad a todos los Consejos de Salud que cumplan con los requisitos para recibir transferencias de recursos financieros del MSPyBS, que se resumen en el Acuerdo para la Descentralización vigente y suscrito, Documentos de Asamblea, Acta Final de Rendición de Cuentas, de la última transferencia recibida.

Si cumplen con todos los requisitos, cada Consejo de Salud deberá recibir al menos cuatro transferencias por ejercicio fiscal.