Lactancia materna, un compromiso de amor

Hoy, lunes 7 de agosto, se inicia la “Semana Nacional de la Lactancia Materna”, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 5.508/15, de promoción, protección a la maternidad y apoyo a la misma.

Con el lema “Facilitando la lactancia materna: marcando la diferencia para las madres y los padres que trabajan”, a partir de hoy, 7 de agosto, y hasta el 11, en el país se evoca la “Semana Nacional de la Lactancia Materna”. Esta semana se centra en la importancia de dar un apoyo afectivo a los padres cuando se reincorporan a su trabajo, haciendo posible que las madres puedan seguir amamantando tanto tiempo como ellas lo decidan, o extraerse su leche en la jornada laboral. 

En este sentido, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a través de la dirección de Programas de Salud y del departamento de Lactancia Materna, llevó a cabo el acto de lanzamiento oficial de esta celebración. 

En la oportunidad, la Dra. Miriam Ortigoza, jefa del departamento de Lactancia Materna, informó que la cartera sanitaria implementa y apoya la instalación de salas de lactancia materna en las empresas e instituciones públicas y privadas. Para ello, se conformó una mesa de trabajo interinstitucional representada por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Industria y Comercio y la Secretaría de la Función Pública. De esta manera, se logró habilitar 105 salas de lactancia hasta la fecha, y 29 salas están en proceso de ser habilitadas. Dos de estas salas fueron declaradas empresas saludables, una estrategia que llevan adelante la dirección general de Promoción de la Salud, del Ministerio de Salud, y la dirección de Salud Ocupacional, del Ministerio del Trabajo, a través de un acuerdo. 

Cabe mencionar que, en este contexto, se han capacitado más de 100 encargados de salas de lactancia, mediante el curso denominado “Manejo de Salas de Lactancia Materna”, a través de la plataforma del Instituto Nacional de Salud, y a través de talleres presenciales.

Por su parte, la Dra. Patricia Veiluva, directora general de Programas de Salud, manifestó que la lactancia materna es un derecho, tanto de la madre como del niño. “El Gobierno de Paraguay, la Organización Mundial de la Salud y UNICEF recomiendan iniciar la lactancia materna dentro de la primera hora del nacimiento, así como que sea exclusiva los seis primeros meses de vida, sin ningún otro tipo de líquido que acompañe la alimentación del recién nacido. Asimismo, continuar hasta los dos años de edad o más, con alimentación complementaria adecuada después de los 6 meses de edad”, señaló. 

El evento contempló la entrega de los certificados de reconocimientos a las empresas e instituciones y grupos de apoyo de la comunidad a la lactancia materna, y las palabras de agradecimiento de una funcionaria del nivel central del MSPyBS, que utiliza la sala de lactancia materna. 

También participaron de la actividad, la Dra. Lida Sosa, Viceministra de Rectoría y Vigilancia de la Salud; la Lic. Malvina Caballero, directora de la dirección de Habilitación de Establecimientos de Salud; la Dra. Zully Suarez, directora de la Dirección de Salud Integral de la Niñez y la Adolescencia (DIRSINA); la Dra. Sonia Ábalos, oficial de Nutrición y Salud de UNICEF Paraguay; grupos de apoyo; funcionarios; y otras autoridades. 

La Ley N° 5.508/2015 de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna brinda los siguientes beneficios:

- Permisos de maternidad: 18 semanas ininterrumpidas que se pueden tomar dos semanas antes del nacimiento y luego 16 semanas posnatal.

- Permiso de lactancia materna: será de noventa minutos diarios desde el reintegro de la trabajadora a su lugar de trabajo y hasta los siete meses de edad del niño o niña.

- Extensión del permiso de lactancia: podrá extenderse según indicación médica, a partir de los siete meses hasta incluso los veinticuatro meses de edad del bebé. En estos casos el tiempo de permiso será de sesenta minutos diarios.

- Salas de lactancia materna: las instituciones y empresas del sector público y privado, en las cuales trabajen más de 10 mujeres (Ley 6453/2019), implementarán salas de lactancia materna. El empleador dará el tiempo necesario a la madre trabajadora durante la jornada de trabajo, para realizarse la extracción de leche. 

- Permiso por paternidad: serán concedidos, con carácter irrenunciable, a todo trabajador, padre de un recién nacido, dos semanas posteriores al parto, con goce de sueldo, a cargo del empleador.

- Permisos excepcionales por maternidad, certificados por pediatra o especialista tratante: 

En caso de más de un hijo nacido vivo, el permiso se incrementa en razón de un mes por cada niño a partir del segundo.

En caso de que el hijo naciera vivo antes de las 35 semanas de gestación, el permiso será de 24 semanas.

En caso de que el hijo nacido vivo pesare menos de 2000 g o naciera con enfermedades congénitas que ameriten incubadora o cuidados especiales el permiso será de 24 semanas.