• La implementación de salas de lactancia en las instituciones públicas y empresas privadas está prevista por ley y su cumplimiento permite que la trabajadora durante su jornada laboral tenga acceso a un espacio de extracción y almacenamiento, además de contar con permisos en el periodo de amamantamiento.
La lactancia materna es la base de la vida y contribuye a la salud a corto y largo plazo, a la buena nutrición y a la seguridad alimentaria en situaciones de emergencia. También, es un derecho humano que debe respetarse, protegerse y cumplirse. En Paraguay, por ley 5.508/15 celebramos la Semana Nacional de la Lactancia Materna en la segunda semana de agosto, con el objetivo de sensibilizar y concienciar a los padres, las familias y la sociedad respecto a la importancia de la lactancia materna. En el país, esta ley y el Decreto 7.550/2017 ampliado por la Ley N° 6.453/19 de Promoción, Protección a la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna, otorga a las madres trabajadoras en el periodo de gestación, nacimiento y lactancia una serie de garantías en consecuencia a las recomendaciones internacionales. Una de ellas es la implementación de salas de lactancia materna: las instituciones públicas y empresas del sector público privado, en las cuales trabajen más de diez (10) mujeres, implementarán salas de lactancia materna. El empleador dará el tiempo necesario a la madre trabajadora durante la jornada laboral, para realizarse su extracción de leche. El apoyo a la lactancia en los lugares de trabajo es una responsabilidad compartida con las empresas, instituciones y los gobiernos. Abarca desde la instalación de espacios cómodos para la extracción y el almacenamiento de la leche materna extraída, dentro del horario de trabajo, y permisos de lactancia para amamantar a su hijo/a en la casa. Los gobiernos, al fiscalizar el cumplimiento de la ley, efectivizan las políticas públicas de apoyo en el lugar de trabajo. Las acciones para implementar salas de lactancia materna en instituciones/empresas públicas y privadas son intersectoriales e involucran actividades del Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Viceministerio de Capital Humano y Gestión Organizacional y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Por la ley 5.508/15 corresponde al Ministerio de Salud Pública la normatización para la habilitación físico-funcional y la capacitación del responsable técnico de la sala de lactancia materna a través del curso-taller dictado mensualmente por el Departamento de Lactancia Materna de la Dirección de Salud Integral de la Niñez y Adolescencia (Dirsina) dependiente de la Dirección General de Programas de Salud (DGPS). En este primer año de gobierno están habilitadas 111 salas de lactancia materna, en su mayoría en empresas privadas. Se capacitaron 358 responsables técnicos de empresas/instituciones públicas y privadas. Para esta línea de acción UNICEF-PY apoya como cooperante para la provisión de la logística necesaria. Cerrar la brecha es un compromiso de todos; los desafíos son inmensos, pero la necesidad de las madres y sus familias requiere el esfuerzo al cual nos comprometimos desde las instituciones del estado paraguayo.