La Institución

En 1936, bajo el gobierno del coronel Rafael Franco, se creó el Ministerio de Salud Pública, mediante la promulgación del Decreto Ley Nº 2.000/36, del 15 de junio de 1936; mientras que, por Decreto Ley N° 2.001/36, quedaron establecidas la organización y las funciones de la nueva Secretaría de Estado.

Con anterioridad a 1936, todos los servicios de salud eran proveídos y administrados por el Ministerio del Interior, pero las secuelas sanitarias que produjo la Guerra del Chaco (1932-1935) en la población paraguaya hicieron que el Gobierno creyera conveniente la creación de un Ministerio de Salud Pública.

En ese entonces, uno de los objetivos principales de la cartera de Estado era brindar asistencia médica a los heridos y mutilados de la contienda chaqueña, y controlar efectivamente el tratamiento y la transmisión de enfermedades, como el paludismo, la disentería y la tifoidea, que migraron hacia la Región Occidental una vez concluida la Guerra del Chaco, con el retorno de los combatientes a sus hogares.

No fue hasta 1998 que ese Decreto Ley Nº 2.001/36 fue derogado, con la promulgación del Decreto Nº 21.376/98, por el cual se estableció la nueva organización funcional del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Este documento oficial fue firmado por el entonces Presidente de la República, Juan Carlos Wasmosy, y propiciado por el Ministro Andrés Vidovich Morales, en consonancia, según reza en su artículo primero, con los preceptos pertinentes de la Constitución Nacional y el desarrollo del Sistema Nacional de Salud.
En esta normativa, ahora vigente, se puso especial énfasis en la función rectora de la salud humana y ambiental, y de bienestar social, que debía cumplir el Ministerio de Salud Pública que, a partir de ese momento, inició una etapa de reformas y modernizaciones, principalmente legislativas.

Desde su creación hasta el 2018, fueron nombrados 30 Ministros de Salud Pública. Ellos fueron: 

Nombre Periodo
1. Dr. Pedro Duarte Ortellado Junio de 1936
2. Dr. Gerardo Buomgermini Agosto de 1937
3. Dr. Alejandro Dávalos Agosto 1939
4. Dr. Ricardo Odriozola Enero de 1940
5. Dr. Gerardo Buomgermini Diciembre de 1940
6. Dr. José Soljancic Julio de 1946
7. Dr. César Gagliardone Enero de 1947
8. Dr. Crispín Insaurralde Abril de 1948
9. Dr. Pedro Hugo Peña Abril de 1949
10. Dr. Enrique Zacarías Arza Mayo de 1954
11. Dr. Raúl Peña Agosto de 1958
12. Dr. Fabio Da Silva Enero de 1960
13. Dr. Dionicio González Torres Junio de 1960
14. Dr. Raúl Peña Julio de 1969
15. Dr. Adán Godoy Giménez Agosto de 1969
16. Dr. Juan Manuel Cano M. Enero de 1989
17. Dra. Cynthia Prieto Conti Noviembre de 1989
18. Dr. Cándido Núñez León Agosto de 1993
19. Dr. Andrés Vidovich Morales Julio de 1994
20. Dra. Carmen Frutos de Almada Agosto de 1998
21. Dr. Martín Antonio Chiola Marzo de 1999
22. Dr. José Antonio Mayans Enero de 2003
23. Dr. Julio César Velázquez Agosto de 2003
24. Dra. Teresa León Mendaro Mayo de 2005
25. Dr. Oscar Martínez Doldán Junio de 2006
26. Dra. Esperanza Martínez Agosto de 2008
27. Dr. Antonio Arbo Junio de 2012
28. Dr. Antonio Carlos Barrios Agosto de 2013
29. Dr. Carlos Ignacio Morínigo A. Enero 2018
30. Dr. Julio Mazzoleni Agosto 2018
31. Dr. Julio Borba Marzo 2021
32. Dra. María Teresa Barán W. Agosto 2023


A través de la Resolución S.G. N° 332, del 28 de julio del 2022,  se ratifica la Misión y la Visión Institucionales del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

MISIÓN
Garantizar el cumplimiento de las funciones de rectoría, conducción, financiamiento y provisión de servicios de salud, con el fin de alcanzar la cobertura universal, bajo el enfoque de protección social, en el marco del Sistema Nacional de Salud.

TEMBIPOTA
Ojepytaso mbarete oñemoañete hag̃ua hembiaporã tee taha’e  tembiapo ñesãmbyhy, ñemboguata, virume’ẽ ha kuave’ẽmby tesãirã ñemog̃uahẽregua, upéicha  oñeg̃uahẽ hag̃ua opavavetépe, tapereko tekoaty ñepytyvõmbyrã reheve, Tembiaporape Tetã Rekoresãirã ryepýpe. 

VISIÓN 
Ser un Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social eficaz, eficiente y transparente, que garantiza el acceso efectivo de la población, para la asistencia sanitaria integral y equitativa, que interviene sobre los determinantes de la salud, en coordinación con otros sectores, promoviendo la participación activa de la ciudadanía, en función al ejercicio de sus derechos.

TEMBIHECHA
Taha’e Tesãi ha Teko Porãve Motenondeha ha’eve, ikatupyry ha hembiapo sakãva, omoañetéva tetãyguára jeroike añete, oñeñangareko hag̃ua opavavére hekópe ha jojaporãme,  oipytyvõvo tesãi ñemboguata porãrã ambue tapicha’aty ñomoirũme, omokyre’ỹvo tetãyguára jeroike tee  iderechokuéra jeporu ha iñemoañete reheve.